TRATAMIENTO LEGISLATIVO
Recomiendan fortalecer la capacidad de decisión de los pacientes en la ley de eutanasia
Se han proporcionado recomendaciones en el ámbitos médico y jurídico
Miércoles, 14 de octubre de 2026, a las 16:07
Comisión de Salud.
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Redacción. Quito
La Comisión del Derecho a la Salud de la Asamblea Nacional avanza con el tratamiento del Proyecto de Ley Orgánica de la Eutanasia, recibiendo nuevos aportes por parte de especialistas en los ámbitos médico y jurídico en relación con la capacidad de decisión de los pacientes, las salvaguardas para su protección y la aplicación de los procedimientos previstos en la propuesta normativa.
Los aportes expuestos permitirán identificar aspectos médicos, sociales y jurídicos que requieren análisis dentro del proceso legislativo, con énfasis en la protección de los derechos de los pacientes, la seguridad jurídica y la articulación del Sistema Nacional de Salud, ha indicado la asamblea.
Verónica Quintana, especialista en Neurología Pediátrica, ha expuesto criterios sobre el neurodesarrollo y la capacidad para tomar decisiones complejas en niños y adolescentes, con énfasis en la maduración progresiva de las funciones cerebrales y ejecutivas.
En su turno, la galena Lorena Gutiérrez ha planteado la necesidad
de fortalecer las garantías para una decisión libre, informada y voluntaria. Por lo que, ha recomendado realizar valoración psicológica, evaluación psiquiátrica cuando corresponda, participación de equipos multidisciplinarios, incorporación de una segunda opinión médica independiente y la valoración especializada en cuidados paliativos cuando exista disponibilidad.
En este contexto, ha insistido en la importancia de identificar posibles situaciones de vulnerabilidad social, económica o familiar que puedan incidir en la decisión del paciente, además de establecer mecanismos para documentar y ratificar su voluntad.
De su parte, el abogado Eduardo Caguana ha propuesto analizar la participación de los distintos subsistemas del Sistema Nacional de Salud, bajo la rectoría del Ministerio de Salud Pública, además de precisar los mecanismos de habilitación de los establecimientos, control, seguimiento y régimen sancionatorio.
A su criterio, además es necesario garantizar
condiciones adecuadas para la ejecución del procedimiento y de revisar la coherencia de las definiciones y disposiciones contenidas en el proyecto de ley.