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Profesionales

MARCO JURÍDICO
Formación legal en profesionales de la salud del país debe convertirse en una prioridad
Los médicos piensan que nunca recibirán una reclamación porque han venido ejerciendo hace mucho tiempo
Lunes, 19 de noviembre de 2018, a las 15:13
Daniel Soto

Daniel Soto, gerente general de DS Legal Group Ecuador


Adriana Gualotuña. Quito
Daniel Soto, gerente general de DS Legal Group Ecuador ha participado en el Congreso de la Federación Médica Ecuatoriana ‘Especialidades Médicas y Emergencias 2018’ en el que presentó su ponencia sobre ‘El error médico: perspectiva Código Orgánico de la Salud’.

En entrevista con REDACCÓN MÉDICA, Soto ha indicado que “para hablar correctamente del error médico es necesario informarnos desde el punto normativo, para luego apuntar al crecimiento y entendimiento de la ley, y lograr ser más certeros en la aplicación de la reducción de riesgo que implican este tipo de normas”.

Según lo explicado por Soto, “el Código Orgánico de Salud (COS), mantiene una ley en la que se expone lo que es el error sanitario y como debe sancionarse, por lo que es necesario tener claro los conceptos que rigen a los artículos para poderlos enfrentar correctamente desde el punto de vista médico”.

En este contexto, el jurista ha explicado que “en el artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se sanciona la mala práctica médica cuando un paciente presenta una reclamación debido a que el resultado de la atención no es la que esperó”.

Desde el punto de vista del derecho, Soto ha mencionado que “el artículo 146 señala que el delito debe estar compuesto de cuatro elementos para poder decir que el médico cometió un error y merece una pena”.

El primer elemento es el resultado, este debe determinar las causas del homicidio o muerte mediante una autopsia, realizada por un médico legista que dirá las razones por las cuales murió la persona, luego un perito médico debe revisar la historia clínica para que se pueda entregar una conclusión a la fiscalía, ha indicado.

Como segundo elemento ha mencionado la importancia del procedimiento que realiza el perito médico y la revisión que haga de la historia clínica. Según Soto esto facilita que el perito pueda realizar una correcta conclusión de lo que pasó con el paciente.

El tercer elemento es el nexo causal, en su explicación, el abogado ha manifestado que, de la determinación de una negligencia en el informe pericial, ésta debe ser lo que provoca directamente el resultado determinado en la autopsia.

Para determinar las formas en las que un médico puede cometer un acto negligente, ha explicado Soto, existen otras dos acciones además del acto médico directo pues concurren 3 dimensiones: directo (acto médico per se), documental (anotaciones en historia clínica) y el acto médico informativo, en el que se busca que el paciente entienda lo que puede pasar en su procedimiento, intervención o tratamiento para que pueda aceptar los riesgos a los que se somete. A este acto se le conoce como consentimiento informado.

Si el paciente no entiende y el médico realiza el procedimiento, cae en un acto negligente, ha aseverado Soto.

Finalmente, el cuarto elemento se refiere a la observación de las condiciones objetivas en las que se debe ayudar a determinar la existencia de las causas que realmente produjeron la lesión o muerte en el paciente.

Cuando estos elementos no están presentes en el proceso no se puede procesar el delito, ha asegurado Soto.
 
 Riesgos sanitarios en el país

Soto ha explicado que “hay una sensación del riesgo que no es real, existen médicos que piensan que ese error o reclamación nunca les va a pasar, por que han venido ejerciendo ya mucho tiempo, y son peritos en su trabajo y no están expuestos a este tipo de reclamaciones.

Sin embargo, esta sensación es fantasiosa, porque lo cierto es que no es necesario que se cometa un error para que exista el reclamo, sino que simplemente se necesita de la sensación del paciente, que considere que no ha recibido una correcta atención de salud, para presentar una reclamación, lo que invoca a que el médico tenga que verse en un proceso penal, administrativo o civil, ha añadido el jurista.

“Las reclamaciones en el país están en aumento, pasamos de tener un 3 por ciento de reclamaciones a tener un 7 por ciento. Es muy probable que este porcentaje vaya fluctuando en el resto de años a lo largo de la existencia del Órgano integral Penal y de los temas referentes a la práctica médica”. ha indicado Soto.

“Lo importante para que los médicos tengan un correcto reflejo de la realidad es que aprovechen estos espacios para que puedan enterarse de números y estadísticas y se den cuenta que el riesgo está latente, pero se le puede hacer frente y también reducirlo”. ha añadido.

Soto ha manifestado la importancia de “mantener una correcta relación de medico a paciente, ya que el denominador común de las reclamaciones en un 100 por ciento son a causa de una mala relación, lo que provoca una reclamación fundada o infundada, por la simple sensación de que no existe una buena atención”.

Es importante que el médico tenga sus documentos legales en regla, esto incluye, exámenes, historia de historia clínica como lo indica la ley, aplicación del consentimiento informado conforme a lo ordena el acuerdo ministerial 5316 y el resto de documentos como lo son recetas, facturas que están alrededor de la actividad médica y deben mantenerse en orden.

El jurista ha mencionado que en el país una de las reclamaciones más concurrente es la falta de consentimiento informado, este es un instrumento ordenado por la constitución que se aplica en base a leyes, normas y al acuerdo ministerial. La falta de conocimiento de este derecho en ocasiones hace falta cuando hay un juicio.

 Ayuda a los profesionales sanitarios

DS Legal Group Ecuador, se encuentra en el desarrollo de una plataforma virtual de consentimientos informados, en los que se han replicado 1200 modelos que se mantienen activos conforme lo ordena el acuerdo 5316. Esta plataforma se encontrará disponible para que los médicos puedan ingresar sus datos, los del paciente y de la intervención que se va a realizar, los cuales se podrán imprimir. La plataforma estará disponible para implementarse a nivel hospitalario y tendrá un costo accesible dependiendo de la necesidad de cada centro.

“Estamos probando en algunas instituciones y esperamos que en el primer trimestre de 2019 este listo para todos quienes deseen hacer el uso de la plataforma”, ha concluido Soto.