Edición Médica

Viernes, 27 de febrero de 2026
11:19
Ecuador | Colombia
Derecho Sanitario
Preservación de la evidencia médica en investigaciones penales


Viernes, 27 de febrero de 2026, a las 09:54
Verónica Estefanía Alvarez Pazmiño, abogada en Ds Legal Group.

La práctica médica no solo se limita a la responsabilidad clínica y ética, sino también deberes legales que pueden adquirir especial relevancia cuando un caso asistencial se vincula con una investigación penal. En el Ecuador, la adecuada preservación de la evidencia médica constituye un elemento clave para garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la protección  del paciente como del profesional de la salud.
 
La Constitución de la República del Ecuador reconoce a la salud como un derecho fundamental y dispone que su garantía es deber primordial del Estado. En ese marco, el accionar médico se desarrolla dentro de un sistema normativo que exige calidad, seguridad y responsabilidad. Cuando un hecho clínico pudiera constituir infracción penal por ejemplo, en casos de presunta mala práctica, entre otras la documentación y conservación adecuada de la evidencia médica adquieren una dimensión jurídica relevante en el proceso.
 
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) regula la actuación probatoria dentro del proceso penal y establece que los elementos materiales y documentales deben ser obtenidos, conservados y presentados respetando la cadena de custodia. Si bien la responsabilidad directa de la cadena de custodia suele recaer en Policía Judicial o Fiscalía, el personal de salud cumple un rol fundamental en la etapa inicial: identificar, registrar y resguardar adecuadamente la información clínica y los indicios que se generen durante la atención.
 
La historia clínica es el principal documento médico con relevancia probatoria. Debe ser elaborada de manera clara, cronológica, completa y legible. En un proceso penal, la historia clínica puede convertirse en prueba documental determinante para esclarecer los hechos, establecer tiempos de actuación, evaluar decisiones terapéuticas y determinar responsabilidades. Es importante recordar que cualquier alteración, enmienda no justificada o registro extemporáneo puede ser cuestionado judicialmente. 
 
Cuando un profesional de la salud es convocado a rendir versión o comparecer como testigo, su intervención debe limitarse a hechos conocidos directamente en el ejercicio de su profesión. En casos de fallecimiento bajo circunstancias no claras, la notificación inmediata a la autoridad competente es indispensable. La manipulación indebida del cuerpo o la omisión de comunicación puede generar responsabilidades administrativas o penales.
 
El consentimiento informado no solo cumple una función ética, sino también probatoria. Debe constar por escrito en procedimientos invasivos o de riesgo, detallando información suficiente sobre beneficios, riesgos y alternativas. En sede penal, este documento puede acreditar que el paciente conocía y aceptaba el procedimiento realizado.
 
En estos contextos, además del registro detallado en la historia clínica y del consentimiento informado, puede ser necesario preservar muestras biológicas o elementos físicos relevantes. El médico no actúa como investigador penal, pero sí como primer custodio técnico de información que podría ser analizada posteriormente por autoridades competentes.
 
Buenas prácticas incluyen evitar la contaminación de muestras, utilizar recipientes adecuados, rotular correctamente cada elemento, registrar fecha y hora de obtención y realizar la entrega mediante los canales institucionales establecidos.
 
La preservación adecuada de la evidencia médica no es una tarea exclusiva del sistema judicial; comienza en el primer contacto clínico. El profesional de la salud, sin convertirse en investigador penal, desempeña un papel esencial en la documentación objetiva de los hechos. Actuar con rigor técnico, apego normativo y prudencia documental no solo contribuye al esclarecimiento de la verdad, sino que también protege la integridad profesional.
 
En un contexto donde la judicialización de la práctica médica es una realidad creciente, comprender las obligaciones legales vinculadas a la evidencia constituye una herramienta de seguridad y responsabilidad compartida. La medicina y el derecho, lejos de ser disciplinas antagónicas, convergen en un objetivo común: la protección de la vida, la dignidad y la justicia.
 
Desde DS LEGAL GROUP estaremos gustosos de asesorarlos como despacho jurídico especialista en derecho médico a nivel nacional al número de contacto 0981155982.
 
 
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