DECRETO EJECUTIVO 159
Oficialmente se publica el Reglamento General a la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria ¿Qué establece?
El MSP tiene plazos establecidos para emitir la normativa secundaria y las directrices correspondientes
Lunes, 29 de septiembre de 2025, a las 13:16
Presidente de la República, Daniel Noboa.
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Redacción. Quito
El presidente de la República, Daniel Noboa, a través del
Decreto Ejecutivo 159, ha emitido el Reglamento General a la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria, el cual regulará el ingreso al régimen y a la carrera sanitaria pública de los profesionales de la salud que laboran en la Red Pública Integral de Salud (RPIS).
El documento abarca todos los ámbitos del régimen de la carrera sanitaria, es decir, desde el ingreso hasta los puestos excluidos, los procesos de evaluación, el escalafón, el régimen disciplinario, los niveles de gestión, las jornadas de trabajo, las remuneración e incentivos, procesos de certificación y recertificación, etc.
Ahora, en un plazo de
180 días, contados a partir de la publicación de este reglamento, la Autoridad Sanitaria Nacional en coordinación con el ente rector del trabajo, emitirá la normativa que regule los niveles de gestión del régimen y de carrera sanitaria, los requisitos para cada una de las categorías y las clases generales de puestos.
Además, en un plazo de
90 días, la Autoridad Sanitaria Nacional en coordinación con el ente rector del trabajo, emitirá la normativa secundaria que establezca los parámetros técnicos y procedimientos de evaluación de desempeño, notificación de resultados e impugnación, al igual que las regulaciones y especificaciones técnicas sobre las jornadas de trabajo.
El Reglamento General a la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria era una exigencia y demanda de los gremios profesionales de la salud, pues era indispensable para que empiece el ingreso a la carrera sanitaria, tanto de médicos como enfermeras y demás profesionales de la salud de la RPIS.