Cirujano y anestesióloga sentenciados por homicidio culposo por mala práctica profesional
Un hombre de 36 años se sometía a una liposucción
Jueves, 13 de noviembre de 2025, a las 11:52
El paciente fue por una lipoescultura de brazos y tórax. (Foto Fiscalía).
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Redacción. Quito
La Fiscalía ha procesado a un
cirujano plástico y una
anestesióloga por la muerte de un hombre de 36 años en Quito y se los sentenció por el delito de homicidio culposo por
mala práctica profesional.
En la etapa de juzgamiento se han presentado las pruebas necesarias que demostraron la responsabilidad de ambos y el
Tribunal de Garantías Penales dictó una
pena privativa de libertad de un año para cada uno. Además, deberán que pagar, por separado, 12.500 dólares, como medida de reparación a los familiares de la víctima.
La Fiscalía ha informado que el paciente acudió a los profesionales para practicarse una
lipoescultura de brazos y tórax, pero el procedimiento médico fue mal ejecutado y falleció.
Durante el proceso, la fiscal del caso presentó el testimonio del
médico legista que practicó la autopsia del hombre y quien concluyó que sufrió
muerte cerebral derivada de una mala práctica.
Además de ha conocido que las acciones médicas llevadas a cabo por los procesados fueron “ilegítimas, innecesarias y peligrosas, al no constar en protocolos ni guías de
actuación médica”, lo que provocó el deceso del paciente.
El
informe del médico legista ha detallado que la muerte estuvo directamente relacionada con el procedimiento de
liposucción, pues se evidenciaron laceraciones en el músculo torácico que causaron traumatismos en los vasos sanguíneos.
El perito ha añadido que los
profesionales de la salud procesados incurrieron en inobservancia de los estándares de cuidado, pues esperaron alrededor de dos horas y media para trasladar al paciente a una casa de salud de primer nivel para que reciba
atención especializada.
El médico internista de la clínica fue uno de los testigos de Fiscalía. Bajo juramento, explicó que el cuadro clínico del paciente era irreversible y que requería un ingreso urgente a una
unidad de cuidados intensivos, por lo que fue transferido a otro hospital.
En la audiencia de juzgamiento también comparecieron un
perito anestesiólogo, una especialista en
histopatología y un experto en el área de
cardiología, quienes han coincidido en que hubo
negligencia en el procedimiento y que se vulneró el deber objetivo de cuidado del paciente.
La madre del hombre también testificó y ha asegurado que acompañó a su hijo a la clínica y que ingresó al
quirófano en buen estado de salud. Afirmó además que hubo inacción por parte de los procesados y tardanza en el traslado a una casa de salud de primer nivel.
El dato
El delito por el que se sentenció esta causa está tipificado en el artículo 146, inciso primero, del
Código Orgánico Integral Penal (COIP).