POLÍTICA PÚBLICA
Ley de Salud Mental se quedará en buenas intenciones si no se agiliza un reglamento y se le asigna financiamiento
Piden reglamentar la atención en salud mental de pacientes con enfermedades catastróficas
Viernes, 29 de diciembre de 2023, a las 09:30
Diego Jimbo, Susana Baldeón, Diana Cárdenas
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Cristina Coello. Quito
El Ecuador finalmente cuenta con una Ley de Salud Mental, con ello se crea el
marco legal para promover, regular y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la salud, a través de programas y planes de promoción, prevención y protección.
En definitiva, se garantiza el acceso a los servicios de la salud mental y medicamentos mediante políticas de aseguramiento y cobertura en el sector
público y
privado, ha explicado la sub decana de la Facultad de Ciencias Psicológicas de la Universidad Central del Ecuador (UCE),
Susana Baldeón.
Por otro lado, el Ecuador era uno de los pocos países de Latinoamérica que no tenía una ley que regule y norme los procesos de salud mental, ha comentado
Diego Jimbo, coordinador nacional de
Acuerdo Contra el Cáncer Ecuador y miembro del Observatorio de Enfermedades Catastróficas.
Así mismo,
Diana Cárdenas, coordinadora de la estrategia de Salud Mental del Ministerio de Salud Pública (MSP) ha considerado que la Ley es “el paraguas, la hoja de ruta, en el manejo de la salud mental” de los ecuatorianos.
La necesidad de la Ley es evidente, sin embargo, en entrevista con EDICIÓN MÉDICA, Jimbo y Baldeón han estimado que se quedará en buenas intenciones si no se agiliza la elaboración de un
reglamento y se le asigna finamiento permanente. Aun así, Cárdenas ha adelantado que el MSP ya está trabajando en la generación de la metodología para la formulación de ese reglamento.
La importancia de la Ley
“Es bueno que exista una Ley de Salud Mental porque ahora se habla de la integralidad y de lo interinstitucional. En ese sentido, además del MSP, también estarán otras instituciones como los ministerios de
Inclusión Social (MIES), Vivienda, Educación, los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADS) y otros” como actores importantes en la implementación de la normativa, ha estimado Jimbo.
Para Baldeón ha sido “importantísimo que después de un proceso que duró tanto tiempo, y que con la pandemia se disparara nuevamente el análisis de su contenido, finalmente hay una normativa. Ahora será significativo saber
cómo se lo va a implementar. Es una alegría, una conquista el que tengamos ahora una ley, una norma que regula este ámbito”, ha añadido.
De su parte, Cárdenas ha mencionado que para el MSP y “la población ecuatoriana
es un logro poder ser uno de los países de la región que ya cuenta con una Ley Orgánica de Salud Mental. Es importante visibilizar a la salud mental como parte de la
salud integral”. Eso hará perceptible las necesidades y requerimientos no solo en el marco de la atención, diagnóstico oportuno, tratamiento y rehabilitación, sino sobre todo el trabajo de prevención, ha estimado.
Baldeón ha coincidido en resaltar que la nueva normativa claramente habla de promover, regular y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la salud mental, en todos los ciclos de la vida, bajo un
modelo de atención integral y comunitaria. “Entonces, eso nos lleva a pensar primero en tener la claridad de qué es la salud mental”.
Para la docente la definición de salud mental ya no es la
ausencia de enfermedad, sino más bien la capacidad de las personas para enfrentar en comunidad problemas, fricciones, tensiones normales de la vida diaria, etc.
Por ello para la
Facultad de Ciencias Psicológicas este nuevo cuerpo legal se convierte en un insumo importante “para analizar permanentemente en nuestra malla curricular, los contenidos de nuestras materias, para estar a tono a lo que el país está demandando y a la problemática que se está presentando tanto en escuelas, colegios y en las familias”, ha reconocido Baldeón.
“Para nosotros esto es un disparador que nos lleva a hacer un análisis desde el interior de nuestra facultad con los
docentes y
estudiantes, así como para establecer estudios rigurosos que nos permitan alinearnos a esas necesidades”, ha insistido.
Jimbo de su parte, ha hecho hincapié en que “es buena la intención, pero será bastante complejo la
implementación sobre todo en primer nivel”.
En ese sentido, Cárdenas ha recordado que una de las disposiciones generales de la Ley es que, en el plazo de 180 días, a partir de la publicación en
Registro Oficial, se deberá elaborar un reglamento y es al MSP al que le compete elaborarlo.
La funcionaria ha insistido en que ese trabajo es interinstitucional e intersectorial, y aseguró que ya se está trabajando “en la generación de la
metodología para la formulación de estas
mesas técnicas” que desarrollarán el reglamento a la Ley.
Según la coordinadora de la estrategia en el MSP “el propósito de una ley y su
reglamento es poder viabilizar de manera más amplia lo que corresponde al ámbito de la salud mental”.
Pero a Jimbo le llama la atención que desde el lado de los pacientes aún ven falencias en la articulación que re requiere entre los diferentes organismos implicados.
A eso se suma que, para el representante de Acuerdo contra el Cáncer, hay “ciertas debilidades” porque la ley no especifica los procesos de salud mental en
enfermedades catastróficas, ni hace referencia en específico, por ejemplo, a la psico-oncología. “En este proyecto de ley se nombra a los
cuidados paliativos, pero no explica cómo van a ser llevados esos cuidados”, ha dicho.
Por eso espera que el reglamento “ayude” a poner en ejecución la Ley en algunos aspectos más específicos.
“Lo que necesitamos es organizarnos, requerimos programas claros, seguimiento, recursos y por supuesto la voluntad política” para poner en marcha todo lo estipulado en la nueva Ley, ha opinado Baldeón.
Cárdenas ha reconocido que el MSP no podrá “hacerlo solo, tenemos que trabajar de manera mancomunada, seguramente solicitaremos
delegados a las distintas instancias tanto internas como externas para que puedan participar” en la elaboración de este reglamento.
La funcionaria ha insistido en que “siempre se trata de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley. Por ese lado, auguro que podamos tener el documento listo en los siguientes cuatro meses en cumplimiento de lo establecido dentro de la ley”.
La política nacional de salud mental
Cárdenas detalló que desde la Dirección Nacional de Estrategia de Enfermedades no transmisibles, salud mental y drogas se ha trabajado en el transcurso de este año en la formulación de la
política nacional de salud mental, que tendrá una vigencia del 2024 al 2030.
“El
diagnóstico situacional que fue elaborado ya fue validado por las distintas instancias tanto de la red pública integral de salud como academia, sociedad civil y otras instituciones del Ejecutivo en materia de salud mental”, por lo que prevé publicarlo el mes de marzo del 2024.
En ese sentido, la funcionaria ha dejado claro que en la metodología para la elaboración de la política pública (desarrollada juntamente con la Secretaría Nacional de Planificación) se contempló definir las
líneas estratégicas, indicadores y metas “para hacer gestión sobre la cuantía de recursos y el financiamiento de esta política nacional”.
El MSP al momento cuenta con la ejecución de un proyecto de inversión que se denomina el proyecto de la estrategia de abordaje integral de prevención del
fenómeno socioeconómico de las drogas y fortalecimiento de la salud mental, con el cual este momento se financia algunos aspectos de la salud mental, “específicamente lo que corresponde al fortalecimiento del primer nivel de atención y la prevención del fenómeno socioeconómico de las drogas en el ámbito sanitario”, ha especificado Cárdenas en relación al financiamiento.
De su lado, Baldeón, ha estimado que la política de salud mental “es la necesidad puesta en agenda, en presupuestos, en planificación” y para ella eso es más significativo.
Por otro lado, cree que es hora de “cuestionar nuestro propio
paradigma para pensar que el problema de la salud mental es un problema que lo podemos trabajar de manera comunitaria, no podemos seguir trabajando y estudiando de manera individual”.