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TRABAJO LEGISLATIVO
IESS y MSP piden aclarar las ambigüedades del proyecto de ley sobre procedimientos eutanásicos
Han expresado sus preocupaciones por las situaciones que puedan acarrear
Viernes, 09 de enero de 2026, a las 11:41
Comisin del Derecho a la Salud.

Comisión del Derecho a la Salud.


Redacción. Quito
En el marco del tratamiento del Proyecto de Ley que Regula los Procedimientos Eutanásicos, la Comisión del Derecho a la Salud de la Asamblea Nacional ha recibido los criterios técnicos y jurídicos por parte de representantes del Ministerio de Salud Pública (MSP) e Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), quienes han coincidido en la necesidad de realizar ajustes sustanciales al articulado para garantizar claridad normativa, seguridad jurídica y viabilidad operativa.
 
Víctor Hugo Almeida, delegado del MSP, ha señalado que el proyecto contiene observaciones tanto de forma como de fondo. Entre los principales puntos, ha cuestionado el uso del término “cualquier procedimiento eutanásico” en el artículo 1, ya que sería ambiguo y susceptible de interpretaciones erróneas.
 
Almeida también ha advertido sobre definiciones atípicas como “eutanasia voluntaria” y “eutanasia ética”, ya que serían conceptos no son reconocidos en la Medicina ni en la Bioética. Ha resaltado que todo procedimiento debe contar necesariamente con el consentimiento del paciente y la valoración ética es subjetiva.
 
En relación al artículo 5, ha recomendado revisar el enfoque de movilidad humana, alertando sobre posibles riesgos de turismo eutanásico y vulneración de derechos de personas en situación de vulnerabilidad.
 
Por otro lado, ha agregado que en las obligaciones del Estado (artículo 14), se debe considerar que los cuidados paliativos no deben presentarse como una alternativa obligatoria a la eutanasia; su pertinencia debe ser evaluada caso por caso por los comités correspondientes y no utilizarse como argumento para negar el procedimiento.
 
Otro punto crítico ha sido la obligatoriedad de conformar comités interdisciplinarios de eutanasia en cada hospital (artículo 21). Sin embargo, el funcionario del MSP ha considerado que esta disposición no es viable porque la limitada disponibilidad de profesionales especializados y a la baja incidencia de casos en el país, lo que no justificaría su implementación a nivel institucional en todo el sistema de salud.
 
En este contexto, los asambleístas han expresado inquietudes relacionadas con la erogación presupuestaria y la conformación de estos comités. Por ejemplo, Juan José Reyes, presidente de la Comisión, ha planteado la posibilidad de crear un único comité nacional por la baja frecuencia de casos y para evitar impactos presupuestarios innecesarios.
 
Almeida ha aclarado que el proyecto no implicaría una carga significativa para el presupuesto estatal, ya que su rol sería principalmente normativo y los medicamentos utilizados forman parte del cuadro básico de salud.
 
En su turno, Marco Antonio Bonifaz, subdirector nacional de Vigilancia y Gestión de la Información de Seguros de Salud del IESS, ha mencionado que los cuatro proyectos de ley existentes sobre eutanasia deberían unificarse, dado que presentan fundamentos técnicos que no se articulan adecuadamente en el plano jurídico.
 
Asimismo, ha advertido una confusión conceptual entre eutanasia y otras prácticas médicas como la limitación del esfuerzo terapéutico o los cuidados paliativos, lo que genera riesgos clínicos, bioéticos y legales.
 
También ha alertado sobre la amplitud de criterios como “sufrimiento intenso” o “pronóstico fatal próximo”, al no existir protocolos ni umbrales técnicos verificables en el país que permitan su correcta aplicación.
 
Además, ha cuestionado la conformación del equipo médico eutanásico, al considerar inviable la inclusión de asesores legales o familiares en decisiones estrictamente clínicas, lo que podría derivar en responsabilidades difusas y conflictos bioéticos.
 
Para Bonifaz, la eutanasia activa no puede ser registrada como muerte natural porque eso distorsionaría las estadísticas vitales y los sistemas de vigilancia sanitaria, afectando la toma de decisiones en política pública de salud.



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