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Asesoría Legal
Eficiencia en salud: aplicación y validez de documentos electrónicos en la atención a pacientes


Miércoles, 24 de septiembre de 2025, a las 17:35
Alegría Báez, abogada en DS Legal Group.

La tecnología avanza con una rapidez que transforma nuestra vida cotidiana y, de manera inevitable, también la práctica médica. En el área de la salud, la digitalización de documentos: historias clínicas, recetas, consentimientos informados y otros registros, se ha convertido en una herramienta que no solo facilita el trabajo diario, sino que además está respaldada por la normativa vigente en Ecuador. El uso de documentos electrónicos no es una opción futurista, sino una práctica plenamente válida y reconocida, siempre que se realice en apego a la legislación y a los reglamentos que protegen la seguridad y confidencialidad de los pacientes.
 
La Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos reconoce la validez jurídica de los documentos electrónicos y de las firmas digitales, equiparándolas a sus equivalentes en papel. Esto abre la puerta a que, en el ámbito de la salud, tanto la receta médica como la historia clínica o el consentimiento informado puedan generarse, firmarse y custodiarse de manera digital con plena validez legal.
 
El Acuerdo Ministerial 5216 del Ministerio de Salud Pública refuerza la importancia de la confidencialidad, definiéndola como un principio esencial en el manejo de la información del paciente. En este sentido, los sistemas electrónicos representan una ventaja, ya que permiten controlar el acceso únicamente a personal autorizado, generar trazabilidad de quién accede a la información y ofrecer mecanismos de respaldo más seguros que los archivos físicos. De esta manera, los profesionales de la salud y las instituciones pueden evitar caer en situaciones que acarren consecuencias legales por la pérdida de historias clínicas de años atrás, un problema que lamentablemente ha sucedido en la práctica real.
 
Por su parte, el Reglamento para el Manejo de la Historia Clínica Única establece que la historia clínica es un documento técnico y legal que debe contener la información cronológica y completa sobre la evolución del paciente. El registro no puede hacerse de manera parcial ni extemporánea; debe elaborarse en el momento mismo de la atención, pues constituye el principal respaldo tanto para el médico como para el paciente. Aquí la tecnología digital juega un papel clave: contar con sistemas electrónicos permite documentar de forma inmediata cada evolución, evitando olvidos, reduciendo el riesgo de errores y garantizando que la información esté siempre disponible para consultas posteriores.
 
El consentimiento informado merece una mención especial. La normativa ecuatoriana exige que este documento sea firmado por el paciente antes de cualquier procedimiento o tratamiento que implique riesgos o complicaciones en el paciente. En su versión electrónica, conserva la misma validez jurídica siempre que incluya la firma electrónica válida del paciente. Este requisito es ineludible y protege tanto la autonomía del paciente como la seguridad legal del profesional de salud.
 
En cuanto a la prescripción, el Reglamento para la receta médica permite que esta se emita en formato físico o electrónico, siempre que cumpla con los requisitos establecidos: identificación del paciente, diagnóstico con código CIE-10, nombre genérico del medicamento, dosis, frecuencia y, por supuesto, los datos y la firma del profesional prescriptor. En el caso de los medicamentos sujetos a control especial, la normativa dispone requisitos adicionales que deben cumplirse sin excepción, incluso en el formato digital.
 
Más allá del cumplimiento normativo, el uso de documentos electrónicos ofrece beneficios prácticos indiscutibles. Agiliza los procesos de registro durante la consulta, mejora la legibilidad de la información, facilita la coordinación entre diferentes profesionales que atienden a un mismo paciente y permite que este último acceda a su historia clínica cuando lo solicite. Además, reduce la carga administrativa asociada al manejo de archivos físicos y fortalece la seguridad jurídica del profesional frente a auditorías o reclamos.
 
En conclusión, la incorporación de herramientas tecnológicas en el registro clínico no solo facilita el trabajo diario de los profesionales y fortalece la relación médico-paciente, sino que también ofrece un marco de seguridad respaldado por la normativa vigente. De esta manera, se evita caer en incumplimientos, se reducen riesgos legales y se asegura avanzar hacia un sistema de salud más eficiente, transparente y confiable.
 
En caso de que los profesionales o establecimientos de salud mantengan dudas sobre la aplicación y validez de documentos electrónicos en la atención a pacientes, desde DS LEGAL GROUP estaremos gustosos de asesorarlos como despacho jurídico especialista en derecho médico a nivel nacional al teléfono de contacto 0981001289.
 

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