Edición Médica

Jueves, 02 de mayo de 2024
04:53
Ecuador | Colombia
Profesionales

ESTABLECIMIENTO PÚBLICO
Fiscalía obtiene sentencia agravada por violación para médico de subcentro de salud de Ibarra
El galeno fue sentenciado a 29 años y 4 meses de pena privativa de libertad
Martes, 07 de noviembre de 2023, a las 17:30
Fiscala apel la decisin dada en primera instancia.

Fiscalía apeló la decisión dada en primera instancia.


Redacción. Quito
Tras el análisis de los argumentos expuestos, la Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura ha acogido el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y ha sentenciado al médico Eddy T. a veintinueve años cuatro meses de pena privativa de libertad, como autor de un delito de violación.
 
La Fiscalía ha informado que este hecho ocurrió en mayo de 2022. El médico de un Subcentro de Salud de Ibarra, ha violentado sexualmente a una joven de 18 años, quien acudió a una consulta para colocarse un implante hormonal, como método anticonceptivo.
 
El agresor condujo a la víctima al baño del consultorio, donde le hizo una exploración física inapropiada y cometió el delito, ya que la joven padece inmovilidad tónica (estado temporal que no le permite moverse, en respuesta a una situación de miedo extremo), por lo que se quedó paralizada y no pudo gritar ni repeler la agresión.
 
Cuando terminó la consulta, la víctima dio aviso a sus familiares cercanos, quienes denunciaron la comisión del delito a las autoridades. Por esta razón el procesado fue detenido en flagrancia.
 
Con este antecedente, en el desarrollo de la audiencia, la Fiscalía ha argumentado que las pruebas presentadas ante un Tribunal de Garantías Penales, demostraron que Eddy T., violentó a la joven de 18 años.
 
Entre las pruebas presentadas están el testimonio anticipado de la víctima, las pericias psicológicas y de entorno social, su historia clínica y la pericia genética que arrojó coincidencias entre los hisopados tomados de la joven y el perfil genético del agresor.
 
Sin embargo, el Tribunal de primera instancia consideró que esta acción no era delito, por lo que le ratificó el estado de inocencia a Eddy T., decisión que fue apelada por la Fiscalía. Tras este recurso de apelación, fue sentenciado a 29 años y 4 meses de pena privativa de libertad.
 
Este caso se judicializó según lo determina el Art. 171 del Código Orgánico Integral Penal, que tipifica y sanciona el delito de violación. Además, se tomó en cuenta las circunstancias agravantes del Art. 47 numeral 18 y Art. 48 numerales 1 y 8 del mismo cuerpo legal, que son: cometer el delito en un establecimiento público donde la víctima va en busca de atención, en este caso un Subcentro de Salud, y ser funcionario público.



Política de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra Política de cookies.