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¿Existe responsabilidad legal de los administradores de establecimientos de salud en casos de mala práctica médica?
Se ha sentado una decisión judicial que marca un precedente en el Ecuador
Jueves, 01 de abril de 2021, a las 13:09
Alexis Noboa, especialista en Derecho Sanitario.

Alexis Noboa, especialista en Derecho Sanitario.


Jonathan Veletanga. Quito
Desde hace varios años en Ecuador ha aumentado el número de reclamaciones por mala práctica profesional en contra de los trabajadores sanitarios, médicos, enfermeras, especialistas, odontólogos, entre otros, debido al contexto jurídico establecido por el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el 2014.
 
En múltiples casos los profesionales de la salud han tenido que defenderse en el campo penal, e incluso ya han sido sancionados con prisión y con reparaciones económicas a favor de las víctimas. Sin embargo, en 2020 se dio una decisión judicial que sienta un precedente a nivel nacional, dado que ha traspasado la responsabilidad del médico o del equipo médico hacia los administradores de los establecimientos de salud, ha indicado Alexis Noboa, director del área de Derecho Sanitario del Estudio Jurídico Cevallos & Noboa.
 
Noboa ha explicado a EDICIÓN MÉDICA que en estos años casi todas las reclamaciones han estado dirigidas hacia los profesionales de la salud que participan en determinados actos médicos, no obstante, “el año pasado esta situación jurídica tuvo un trastoque importante debido a un caso, donde una joven falleció en la ciudad de Quito”.
 
Dentro de este caso, por mala práctica médica, también se sentenció a tres años de prisión a la representante legal de un establecimiento de salud, quien no era médico sino abogada. A pesar de que ella no participó en la operación quirúrgica que se le realizó a la víctima, los jueces consideraron que había una responsabilidad profesional.
 
¿Qué establecieron los jueces en este caso? Básicamente que la representante legal tiene una posición de garante del acto médico, de manera que debe garantizar las condiciones necesarias para que los profesionales de la salud realicen de manera adecuada las intervenciones médicas correspondientes, según la tipología del establecimiento de salud.
 
Por lo tanto, Noboa ha considerado que esta sentencia abre la puerta para que en un determinado caso se establezca que no fue responsabilidad del médico sino del establecimiento que no brindó las condiciones adecuadas; y que también para que se pueda denunciar a los establecimientos de salud. Es así que este caso marca un precedente y obliga a los representantes legales de los establecimientos de salud (aquellos que ejercen cargos directivos) a tener más cuidado con sus actividades, así como en el cumplimiento de las normativas sanitarias vigentes en el país. “Deben estar muy conscientes de la cartera de servicios, de las normas de cuidado, que la unidad cuente con todas las condiciones adecuadas para los actos médicos, etc.”, ha dicho el abogado.
 
Curso virtual
 
Justamente, para informar acerca de esta interpretación extensiva a la norma penal y concientizar a los representantes legales, administradores y encargados de los establecimientos de salud sobre cómo mitigar los riesgos en este campo, el Estudio Jurídico Cevallos & Noboa realizará el curso virtual ‘Responsabilidad Legal de los Administradores de los Establecimientos de Salud’, el próximo 8 y 9 de abril, en jornadas de 3 horas cada día.
 
Inscripciones:http://bit.ly/Resp-Legal-Salud

Más información a servicioalcliente@cevallosnoboa.com o al número de teléfono 099 450 3137
 
“Ahora los gerentes y los administradores de salud deben ser más cautos y mucho más conscientes de que están asumiendo no la representación legal de cualquier empresa, sino de un establecimiento que tiene en juego la salud y vida de las personas”, ha manifestado Noboa.
 
Para el experto en Derecho Sanitario, los médicos y personas que ejercen la administración y representación legal de un establecimiento de salud deben tener asesoría legar y asesoría técnica sanitaria permanente. En el sector privado hay que tener especial cuidado porque el representante legal tiene una “responsabilidad solidaria” en la parte tributaria, laboral, societaria, e inclusive en materia de responsabilidad ante la Contraloría General del Estado, cuanto contraten con el Estado, lo que podría afectar su propio patrimonio en caso de indemnización hacia un paciente.
 
Ante esta situación, el abogado ha recomendado que a los administradores que conozcan “profundamente” las normas sanitarias y regulaciones que rigen a cada establecimiento de salud; asimismo que se informen acerca de las responsabilidades tributarias, laborales, societarias, de contratación pública, entre otras administrativas, que tienen los representantes legales.
 
“En el curso vamos a explicar a detalle cada una de las responsabilidades que tienen. Presentaremos muchísimos datos profundos, con aplicación de casos reales y prácticos para que puedan estar conscientes de los riesgos que están asumiendo como administradores de establecimientos de salud”, ha sostenido Noboa, quien ha invitado a aprovechar este espacio de capacitación.



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