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Gestión

HERRAMIENTAS EFICACES
Profesionales de salud pueden interponer acciones constitucionales ante la vulneración de sus derechos
El Derecho Sanitario no se delimita solo a las investigaciones por presuntas malas prácticas profesionales
Lunes, 16 de mayo de 2022, a las 12:28
Corina valos, abogada procesal de DS Legal Group.

Corina Ávalos, abogada procesal de DS Legal Group.


Jonathan Veletanga. Quito
Con la pandemia de COVID-19 se ha hecho más evidente en el país, la vulneración de derechos de los profesionales de la salud en diversos campos, por ende muchos de ellos emplean acciones constituciones para que se garanticen y amparen sus derechos.
 
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional establece algunas acciones constitucionales, de las más comunes la Acción de Protección, Acción de Hábeas Corpus, Acción de Hábeas Data, Medidas Cautelares, Acción por Incumplimiento, Acción de Acceso a la Información Pública, Acción Extraordinaria de Protección; estas son “herramientas legales eficaces para tutelar los derechos constitucionales y los derechos humanos”, ha manifestado Corina Ávalos, abogada procesal de DS Legal Group, en diálogo con EDICIÓN MÉDICA.
 
Una de las más recurrentes es la Acción de Protección porque es una “vía judicial eficaz, eficiente y rápida” para resolver brevemente sobre la vulneración de un derecho, tanto a nivel profesional como personal. Lo efectivo de las acciones constitucionales es que la ley exige que se resuelvan en cortos periodos de tiempo y que las sentencias favorables al accionante son de inmediata ejecución, es decir, que así se interponga recurso de apelación, la sentencia debe ejecutarse, de manera que se garantiza la no continuación de la vulneración y el inmediato resarcimiento a la persona afectada.
 
Es importante conocer que, ante situaciones de real e inminente transgresión de los derechos, se pueden interponer estas acciones constitucionales. Los escenarios en los que pueden interponerse las acciones constitucionales son innumerables, pero los más comunes en el ámbito sanitario son cuando un galeno está siendo víctima de un linchamiento mediático, cuando se divulga y/o difunde información confidencial, cuando se desacredita públicamente a una persona o profesional mancillando su buen nombre y honor, ante situaciones en las que se irrespetan sus derechos laborales.
 
También tenemos, entre los casos más comunes, la arbitraria designación de plazas durante el año de salud rural o en el proceso de devengación de becas.
 
“Si bien es cierto que es imprescindible proteger los derechos de los pacientes, tenemos también que defender los derechos de aquellos que dedican su vida a cuidar de nuestra salud y nuestra vida. Los derechos de los médicos son importantes.” ha enfatizado Ávalos.
 
“Desde Ds Legal Group, no solamente defendemos al médico ante una reclamación de un paciente sino también los defendemos en todos sus planos y frentes, profesionales y personales… Por ejemplo, hemos tenido casos de quejas intrahospitalarias, donde se ha sancionado al médico y suspendido sin un proceso justo y ajustado a los reglamentos. Estos casos los hemos llevado a instancias constitucionales y hemos tenido excelentes resultados, logrando que se revoque la decisión arbitraria del establecimiento de salud”, ha asegurado la abogada.
 
En otro campo, Ds Legal Group también ha resuelto casos de médicos devengantes que tienen asentamiento familiar y que se les ha asignado un plazo de devengación lejos de su hogar. El más reciente, el de un médico devengante de una beca del IESS, que vive en Babahoyo y fue enviado a devengar al Hospital General de Quevedo, sin tomar en cuenta su situación social, familiar ni económica.
 
La sentencia en primera instancia ha dispuesto que “en un plazo de 7 días se le asigne al médico devengante de beca una plaza en una unidad médica del IESS habilitada en el cantón de su residencia… Esta era la finalidad de esta acción constitucional. A través de esta sentencia se indicó que el IESS vulneró derechos constitucionales, entre ellos el derecho a la seguridad jurídica porque hay una norma (Ley Orgánica de Apoyo Humanitario), la cual establece que al momento de asignar la plaza de devengación se debe tener en consideración la situación familiar, económica y social del devengante. En este caso, se hizo caso omiso a la disposición legal, vulnerándose el derecho a la seguridad jurídica”, ha mencionado Ávalos.
 
Según ha indicado, en este caso también se ha verificado que hay una vulneración a derechos de los niños y niñas, ya que este médico es padre de familia y sus hijos se ven privados de una paternidad responsable, así como el derecho a la dignidad humana, a trabajar en un ambiente apropiado, entre otros.
 
Por lo tanto, Ávalos ha recalcado que los médicos y profesionales de la salud tienen varias vías para tutelar sus derechos. “En el plano del Derecho Sanitario no todo se delimita a las investigaciones por presuntas malas prácticas profesionales, es un campo más amplio y se requiere una defensa oportuna en todos los frentes”.



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