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DECRETO PRESIDENCIAL
Objeción total a reforma a la Ley de Sostenibilidad vigente tras la pandemia
Se argumentó que la reforma era inconstitucional
Martes, 27 de diciembre de 2022, a las 17:48

Presidente, Guillermo Lasso.


Redacción. Quito
El presidente Guillermo Lasso ha vetado totalmente la ley que pretendía derogar la reforma tributaria vigente desde el 29 de noviembre de 2021 y que fue aplicada para reactivar al país tras los efectos de la pandemia de la COVID-19.
 
El mandatario ha asegurado que es “inconveniente” la norma aprobada por la Asamblea Nacional el 30 de noviembre de 2022 por ser inconstitucional.
 
“Con esta responsable decisión se precauteló que cerca de 1.000 millones ingresen al Estado para continuar atendiendo a los más pobres, a sueldos de médicos y maestros, entre otras acciones por el bienestar de la ciudadanía”, ha señalado un comunicado oficial de la presidencia.
   
El Gobierno ha explicado que el proyecto derogatorio a la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal no fue presentado por el Ejecutivo y, conforme al artículo 135 de la Constitución, solo el presidente de la República puede presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto público o modifiquen la división político-administrativa del país, se ha explicado en un comunicado oficial.
 
Debido a ello, presidencia ha advertido que existe un “vicio insubsanable de inconstitucionalidad en el procedimiento de formación” de la Ley y por ello lo han calificado de proyecto “indebidamente aprobado” por la Asamblea Nacional.
 
Así mismo se ha recalcado que el proyecto derogatorio presenta vulneración de los principios de sostenibilidad y responsabilidad en la conducción de las finanzas públicas cuya rectoría le corresponde al Ejecutivo.
 
El Ejecutivo ha añadido que “cualquier decisión de autoridad u órgano colegiado que implique renuncia a ingresos contemplados en el Presupuesto General del Estado; que se haya adoptado sin contar con el dictamen favorable del ente rector de las Finanzas Públicas; se considerará lesiva para el interés del Estado y nula, y quienes hayan participado en tal decisión responderán civil y penalmente conforme a la Ley”.

Con esta decisión, la Corte Constitución (CC) ahora deberá resolver primero si en realidad es constitucional el proyecto y si lo declara inconstitucional se archivará definitivamente.
 




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