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Gestión

APRUEBAN INFORME
Comisión de Salud emite recomendaciones sobre la entrega de medicamentos para enfermedades raras
Reconocieron las dificultades que han enfrentado en el contexto de la pandemia
Viernes, 06 de noviembre de 2020, a las 14:42

Comisión de Salud.


Cristina Coello. Quito
Las Comisión del Derecho a la Salud de la Asamblea Nacional ha aprobado un informe no vinculante en el cual se solicita a varias instituciones gubernamentales mejorar la atención a pacientes con enfermedades catastróficas y raras o huérfanas, quienes han enfrentado graves dificultades por el acceso a servicios sanitarios en medio de la pandemia.
 
El documento admite que el grupo de pacientes, durante la emergencia sanitaria, han sufrido “graves dificultades para acceder a los servicios de salud de forma oportuna, así como también al acceso de medicamentos que son parte de su atención integral, puesto que el Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Red Pública Integral de Salud (RPIS) ha dado prioridad a la atención de los pacientes con diagnóstico CoVID19”.
 
Por ello, han solicitado, entre otras cosas, al MSP que coordine con los miembros de la RPIS “políticas públicas de atención, prevención integral para personas con enfermedades catastróficas y raras o huérfanas en contextos de pandemia”.
 
También han exhortado a fortalecer y optimizar los servicios de telemedicina sobre todo dirigidos a las personas con enfermedades crónicas, catastróficas y raras o huérfanas.
 
La comisión ha recomendado al pleno de la Asamblea llamar la atención a las autoridades de los Ministerios de Salud, Economía y Finanzas, del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) “por la violación de los derechos humanos de las personas con enfermedades catastróficas y rara o huérfanas, por la no entrega oportuna, suficiente y necesaria de los medicamentos que este grupo vulnerable requiere”.
 
Por otro lado, se ha exhortado a Red Pública proporcionar las facilidades para fortalecer la visita domiciliaria a estos pacientes, mientras dure la emergencia sanitaria.
 
Así mismo han exigido al IESS cumplir la Ley de Seguridad Social (artículo 103, literal F) que dispone el tratamiento de enfermedades catastróficas “bajo la modalidad de un fondo solidario financiado con el aporte obligatorio de los afiliados y empleadores y la contribución obligatoria del Estado” y conminó a que “en un plazo de seis meses se promulgue el reglamento correspondiente para dar cumplimiento a mencionado artículo”.
 
Presupuesto, cuadro de medicamentos y datos
 
Los legisladores han decidido también exhortar a los distintos niveles de gobierno a revisar y canalizar sus presupuestos para destinarlo a acciones de promoción de la salud y prevención de las enfermedades con la finalidad de reducir la carga de morbilidad y mortalidad relacionada a las enfermedades crónicas no transmisibles y catastróficas.
 
También han pedido la Comisión Nacional de Medicamentos e Insumos, actualice el Cuadro Nacional Básico de Medicamentos (CBNM), “analizando y evaluando los principios activos que componen dicho cuadro en sujeción a los criterios emitidos por la Coste Constitucional en sentencia 679-18-JP/20 y acumulados”.
 
Así mismo se ha dispuesto que el Instituto Ecuatoriano Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) “en coordinación con la RPIS consoliden la información estadística de personas con enfermedades catastróficas y raras o huérfanas, a fin de contar con datos efectivos para la planificación de políticas publicas y adquisición de medicamentos de acuerdo con las actualizaciones periódicas del CBNM”.
 
Incluso han solicitado al INEC que en el próximo censo nacional se incluyan preguntas sobre personas con enfermedades catastróficas, y raras o huérfanas, a fin de que la autoridad sanitaria nacional maneje datos reales y actualizados a la hora de planificar la atención a este grupo de pacientes.
 
Finalmente han instado al pleno de la Asamblea Nacional a conminar a los ministerios de Economía, Salud, Defensoría del Pueblo, Servicio Nacional de Contratación Pública, Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, Comisión Nacional de Medicamentos e Insumos, para que den seguimiento al “cumplimiento cabal a lo ordenado en la sentencia 679-18-jp/20 y acumulados” de la Corte Constitucional.




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