ATENCIÓN EN PICHINCHA
72 horas para solicitar cobertura del IESS en la red privada en casos de emergencia
Se aclara que el IESS no realiza reembolso de gastos médicos
El afiliado debe seguir un proceso normado.
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Redacción. Quito
Los afiliados que, por una
emergencia médica fueran ingresados a un hospital o
clínica privada para su atención oportuna, tienen hasta 72 horas para
notificar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y solicitar la
cobertura de salud.
Esta normativa, establecida por el Ministerio de Salud Pública (MSP), permite que el IESS asuma el pago por el costo de la atención en unidades médicas particulares y aplica solo en casos de emergencia, en los que está
comprometida la vida de un paciente, es decir, cuando hay un alto riesgo de muerte, ha recalcado el IESS en un comunicado oficial.
Para acceder a ese beneficio, el afiliado o su familiar deben cumplir con el siguiente proceso: Primero, la clínica/ hospital privado debe llenar la solicitud de cobertura (formulario 008), en el cual se indica la
situación médica en la que ingresó el paciente y se deja constancia de su
cuadro clínico.
Segundo, el formulario debe remitirse al IESS hasta tres
días laborables (72 horas) posteriores al ingreso del paciente en la clínica u hospital privado. Es decir, si la emergencia se registra un sábado o domingo, la solicitud puede ingresar desde el lunes hasta, máximo, miércoles.
La solicitud (formulario 008) se la puede enviar: a través del correo electrónico a emergenciaspichincha@iess.gob.ec, o de manera personal, en el Coordinación Provincial de Prestaciones del Seguro de Salud Pichincha, ubicada en el edificio Parque de Mayo, Estrada E1-16 y Av. 10 de Agosto o incluso por Quipux.
Y tercero, el IESS emite un
código, el cual avala que el paciente recibirá cobertura de la institución y que puede continuar con la atención en el establecimiento de salud privado.
Si el familiar del paciente solicita el formulario o certificado que avale la atención emergente al establecimiento de salud privada y este se niega a entregarlo o dilata el proceso puede poner la
denuncia en el Ministerio de Salud o en la Defensoría del Pueblo. El IESS ha recalcad que el formulario es el único documento que recibirá el IESS para proceder con la cobertura y
asumir los costos de la atención.
También ha insistido en señalar que el IESS, “por ningún concepto, realiza reembolso de
gastos médicos”, esa figura no existe en su normativa interna.
Alrededor de 15 solicitudes mensuales de reembolso por atención médica en hospitales y clínicas particulares recibe la
Coordinación Provincial de Prestaciones del Seguro de Salud Pichincha, aun cuando esta figura no existe en la normativa interna.
En la misiva oficial se ha dejado que “si un afiliado, jubilado o beneficiario de la seguridad social acude, de manera voluntaria, a una casa de salud privada, así sea una emergencia y no notifica al IESS en el tiempo previsto; y además paga por su cuenta los
valores generados de su atención para luego buscar que la institución le devuelva estos valores, su solicitud no procederá”.
También se ha recordado que solo el IESS puede
derivar un paciente a un hospital o clínica privada, siempre y cuando sus unidades médicas no puedan atenderlo.