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Listas las medidas de bioseguridad para reducir riesgo de contagio de CoVID19 en las elecciones
El COE ha presentado al CNE el protocolo para las jornadas de votación.
Miércoles, 13 de enero de 2021, a las 12:04
Juan Zapata y Diana Atamaint.

Juan Zapata y Diana Atamaint.


Redacción. Quito
El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha recibido el Protocolo General para la Prevención de la Propagación de la CoVID19 en las jornadas de votación del próximo 7 de febrero, que fue presentado por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional.
 
El protocolo establece las medidas preventivas de seguridad y bioseguridad que los servidores electorales, delegados de organizaciones políticas y ciudadanía en general deben cumplir, como por ejemplo portar la mascarilla correctamente, respetar el distanciamiento físico, portar su propio esferográfico, desinfectarse las manos con gel antibacterial, llevar el documento habilitante para el sufragio (cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad consular) a la mano, cumplir con el flujo de votación, que será unidireccional, entre otros aspectos.
 
Acceda al documento completo: https://bit.ly/3sjQt9n.
 
También que las personas con alguna enfermedad respiratoria aguda (fiebre y al menos un signo o síntoma respiratorio, por ejemplo: tos, fatiga, dificultad para respirar y anosmia, ageusia, trastornos digestivos como diarrea, odinofagia, dolores musculares, cefalea), y que haya estado en contacto directo o cercano con un caso CoVID19 confirmado o probable en los últimos 14 días, deberá acudir al establecimiento de salud más cercano a su domicilio para atención oportuna a fin de descartar que sea portador de la COVID-19, y evitar acudir a los recintos electorales si presenta esta sintomatología.
 
Quienes no pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobado con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado serán exentos de multa, conformo lo establece el Art. 292 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador y Código de la Democracia.
 
Para el ingreso a los recintos electorales, las únicas personas que deben presentar resultados negativos de pruebas CoVID19 son los observadores internacionales y los veedores de organizaciones políticas.
 
En el caso de los observadores internacionales deberán contar con una prueba RT-PCR con resultado negativo para la CoVID19, hasta máximo 10 días previos al arribo al país. Mientras que los veedores de organizaciones políticas presentarán una prueba RT-PCR o de antígeno negativo realizado hasta máximo 72 de horas previas al 7 de febrero.
 
En relación a los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV), el MSP aplicará las pruebas rápidas de manera gratuita.
 
El COE ha recomendado en este protocolo que la jornada de votación se divida en dos horarios según el último número de la cédula de los electores. De 7h00 y 12h00 ejercerán su derecho al voto los ciudadanos con cédulas terminadas en números pares y de 12h00 a 17h00 los impares. Este exhorto no está aprobado por el CNE, por tanto no podrá implementarse hasta que el Pleno del órgano electoral así lo apruebe.
 
Este protocolo será puesto a prueba en el segundo simulacro nacional el próximo 24 de enero.
 
La presidenta del CNE Diana Atamaint ha asegurado que este protocolo es un trabajo conjunto de las funciones del Estado para resguardar la salud de los ecuatorianos que acudirán a las urnas. “Este es un esfuerzo económico, técnico, y científico, pero también la ciudadanía debe comprometerse al cumplimiento estricto de estas medidas”, ha enfatizado.
 
A criterio de Juan Zapata, titular del COE Nacional, con la entrega de esta guía se logrará prevenir la propagación de la CoVID19. “Esta herramienta es para que ejerzan su deber democrático de forma segura”, ha dicho.
 
El dato
 
En caso de haber segunda vuelta, se llevará a cabo el 11 de abrir y regirá este mismo protocolo.



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