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Ecuador | Colombia
Gestión

CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO
Por orden judicial, Ecuador extenderá licencia de maternidad de 12 a 14 semanas
La organización Surkuna de defensa de los derechos de las mujeres apadrinó el caso
Martes, 16 de junio de 2026, a las 11:15

Activistas de Surkuna que respaldan el caso.


Redacción. Quito
La licencia por maternidad en Ecuador se extiende de doce a catorce semanas tras una sentencia a favor de Mayra Tirira quien, junto a la organización Surkuna, presentó en 2024 una demanda para ampliar ese plazo en el Código de Trabajo.
 
En una rueda de prensa, Tirina ha señalado que el fallo es de obligatorio cumplimiento y en ese sentido, precisó que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) tiene 60 días para adecuar la normativa y así todas las mujeres que lo requieran puedan gozar de ese derecho.
 
“Mientras no tengamos normativa es un poco más difícil, pero no significa que el derecho no haya sido reconocido”, e insistió que en que este derecho debe estar en sintonía con el Convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece un descanso mínimo de 14 semanas.
 
“Esta sentencia es un primer paso para el reconocimiento, sabemos que existe todavía un camino largo para que en Ecuador se respeten los derechos de las mujeres, se respeten los derechos de las personas trabajadoras”, ha añadido María Belén Paladines, del Centro de Investigación y Defensa del Derecho al Trabajo.
 
Por su parte, Vivian Idrovo, de la Alianza por los Derechos Humanos, ha recordado que el Estado tiene que cumplir los fallos judiciales. “Los derechos no nos han regalado, han sido producto de luchas y sueños”, añadió.
 
Unos datos
Actualmente, la normativa ecuatoriana establece que durante la licencia por maternidad de 12 semanas el empleador paga el 25 por ciento de la remuneración de la mujer y el IESS se encarga del 75 por ciento restante.
 
En América Latina son pocos los países que han establecido la licencia de las catorce semanas, mientras que algunos en Europa reconocen 18 semanas.




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