COMISIÓN DE SALUD
Nuevas observaciones técnicas y jurídicas al proyecto de Ley de Procedimientos Eutanásicos
Se Comisión continuará recibiendo aportes de distintos sectores
Comisión de Salud.
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Redacción. Quito
La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte de la Asamblea Nacional ha avanzado en la recepción de aportes al Proyecto de Ley que Regula los Procedimientos Eutanásicos, que está en trámite para primer debate, por parte de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) y de la Organización Dignidad y Derecho.
Paola Aguirre Otero, representante de ACESS, ha presentado un análisis técnico estructurado en seis ejes y orientado a armonizar el proyecto con la normativa sanitaria vigente y fortalecer su viabilidad operativa.
Entre las principales observaciones están la necesidad de
depurar definiciones, simplificar enfoques, precisar derechos y responsabilidades del talento humano en salud, garantizar el respeto a la objeción de conciencia, sin imposiciones contrarias a la libertad individual, ha detallado.
También ha recomendado
fortalecer la estructura y funciones de los comités científicos, definir con claridad los perfiles profesionales, incorporar obligatoriamente especialistas en salud mental y establecer que estos comités operen únicamente en establecimientos de salud habilitados que cuenten con cuidados paliativos en su cartera de servicios.
Sobre los procedimientos eutanásicos, ha insistido en la inclusión de criterios clínicos, funcionales y psicosociales claros, y en restringir su aplicación exclusivamente a establecimientos de salud habilitados,
descartando la eutanasia domiciliaria por no estar permitida en la normativa sanitaria nacional.
En materia de registro, confidencialidad y auditoría, la funcionaria ha mencionado que la importancia de alinear esta normativa con la Ley de Protección de Datos Personales, definir mecanismos formales de trazabilidad y establecer una estructura de auditoría clara, con competencias, plazos y responsabilidades precisas, bajo la autoridad del organismo de control correspondiente.
En su turno, Manuel Valle y Steven Vilema Herrera, vicepresidente y abogado de la Organización Dignidad y Derecho, respectivamente, han presentado observaciones jurídicas basadas en la sentencia de la Corte Constitucional que dio origen al debate sobre la eutanasia en el Ecuador.
Han indicado que el proyecto elaborado por la Defensoría del Pueblo tiene inconsistencias con el fallo constitucional, dado que concibe la eutanasia como un derecho, limitar el ejercicio pleno de la objeción de conciencia y extender su alcance a supuestos no contemplados por la sentencia.
Para a organización, esta situación podría generar riesgos en la regulación de la representación legal, especialmente en el caso de niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y otros grupos de atención prioritaria, así como en el uso de conceptos jurídicamente indeterminados en los criterios de elegibilidad, que podrían dar lugar a interpretaciones subjetivas.
Asimismo, han cuestionado disposiciones relacionadas con el registro de objetores de conciencia y la posible habilitación de prácticas asimilables al suicidio asistido, no despenalizadas por la Corte.
Durante la sesión, Juan José Reyes, presidente de la Comisión, ha reconocido que el proyecto presentado por la Defensoría del Pueblo contiene falencias técnicas y jurídicas, pero recalcó que el primer debate tiene como finalidad recibir observaciones para optimizar el texto legal.
El asambleísta ha aclarado que la sentencia constitucional permite la eutanasia activa bajo condiciones estrictas para personas con enfermedades graves e incurables, siempre que exista consentimiento libre, informado e inequívoco, y que el proyecto deberá ajustarse a esos parámetros para garantizar seguridad jurídica, protección de derechos y claridad normativa.
En este contexto, ha agregado la Comisión continuará recibiendo aportes de distintos sectores, con miras a consolidar un informe para primer debate que armonice el mandato constitucional, la normativa sanitaria vigente y la protección integral de pacientes y profesionales de la salud.