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Salud Pública

LEY DE IDENTIDAD Y DATOS CIVILES
Médicos serán sancionados por no registrar a infantes
El proyecto busca erradicar el subregistro de recién nacidos
Viernes, 11 de diciembre de 2015, a las 13:55

Richard Espinoza, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos.


Redacción. Quito
La Asamblea Nacional ha aprobado en segundo debate el proyecto de Ley del Servicio Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles con 77 votos afirmativos, 37 ausentes, 20 abstenciones, 2 negativos y uno en blanco.

Entre los cambios que prevé esta norma para garantizar los derechos de identidad como establece la Constitución, se realizará uno para erradicar el subregistro de recién nacidos.

El proyecto establece que los médicos tendrán la obligación de registrar a los infantes en un plazo de 3 días en el centro de salud donde fue atendido. Al no realizar esta acción los galenos tendrán que pagar una multa equivalente a un salario básico.

Richard Calderón, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, ha explicado que luego de este registro, los padres deben confirmar la inscripción en un plazo no mayor de 90 días.

Con el fin de que se cumpla con este deber se habilitará una dependencia del Registro Civil en coordinación con el Ministerio de Salud Pública (MSP).

Para que entre en vigencia la Ley aún falta que el Presidente de la República la vete, de ser el caso el mandatario remitirá el proyecto al pleno con sus observaciones, para que continúe en debate.  

Entre otros cambios aprobados constan: el cambio del nombre de cédula por Documento Nacional de Identidad (DNI), que la mujer tenga la posibilidad de otorgar el primer apellido, la categorización de género en lugar de sexo, entre otros. 



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