ACUERDO MINISTERIAL
Ministerio de Salud dispone cambio en la organización territorial y vuelve a las direcciones provinciales
La estructura anterior conformada por nueve Coordinaciones Zonales y 92 Direcciones Distritales queda sin efecto
El acuerdo entró en vigencia desde su publicación.
|
Redacción. Quito
El Ministerio de Salud Pública (MSP) ha emitido un nuevo
Acuerdo Ministerial (el 00001-2026) implementa una nueva organización territorial institucional con 153 unidades desconcentradas en 24 Direcciones Provinciales y 129 Oficinas Técnicas.
Con ello, queda sin efecto la estructura anterior conformada por nueve
Coordinaciones Zonales y 92 Direcciones Distritales, según ha mencionado el documento oficial que contiene 5 artículos, tres disposiciones generales, seis transitorias y una derogatoria.
El acuerdo detalla un
análisis de la situación actual, se establece el rol de las unidades desconcentradas a nivel provincial y los criterios para las direcciones provinciales del MSP, junto con la propuesta de reorganización territorial.
Las disposiciones del acuerdo son de
aplicación obligatoria para los órganos del nivel central del MSP y todas las unidades desconcentradas que incluye las Direcciones Provinciales y las Oficinas Técnicas que se implementen.
Con esta reorganización las Direcciones Provinciales pasan a constituirse el nivel administrativo desconcentrado responsable de la articulación, coordinación y gestión territorial de la
política pública de salud en su respectiva jurisdicción provincial, en el marco del modelo de desconcentración territorial aprobado.
Además, se especifica que las Direcciones Provinciales ejercerán sus actuaciones conforme a la normativa vigente, al Estatuto Orgánico Sustitutivo de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Salud Pública y a los lineamientos, directrices y disposiciones que emita el nivel central del Ministerio de Salud Pública.
Según el acuerdo ministerial, las Oficinas Técnicas constituyen unidades desconcentradas de apoyo territorial del Ministerio de Salud Púbica, destinadas a complementar y fortalecer la
presencia institucional en el territorio, en función de criterios de cobertura, accesibilidad y continuidad de los servicios públicos de salud.
Las
Oficinas Técnicas dependerán orgánica y funcionalmente de las respectivas Direcciones Provinciales y actuarán bajo su coordinación y supervisión, conforme a la normativa vigente, al
Estatuto Orgánico Sustitutivo de Gestión Organizacional por Procesos y a los lineamientos y disposiciones que emita el nivel central del Ministerio de Salud Pública.
Con esta disposición, ha quedado sin efecto la estructura anterior conformada por nueve Coordinaciones Zonales y 92 Direcciones Distritales.
El dato
El acuerdo
entró en vigencia desde su publicación el 12 de febrero, pero se hizo público el 19. Fue firmado por la vicepresidenta, María José Pinto.