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Salud Pública

ASAMBLEA NACIONAL
Inicia el segundo debate del proyecto de ley que regula las técnicas de reproducción humana asistida
Han intervenido representantes de organizaciones sociales y nueve legisladores
Miércoles, 29 de julio de 2026, a las 17:49
Pleno de la Asamblea Nacional.

Pleno de la Asamblea Nacional.


Redacción. Quito
La Asamblea Nacional ha tratado en segundo debate el Proyecto de Ley Orgánica que Regula las Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida, que establece, por primera vez en el Ecuador, un marco jurídico integral para regular estos procedimientos, proteger los derechos de las personas que acceden a ellos y garantizar la seguridad jurídica de las niñas y los niños concebidos mediante estas técnicas.
 
Durante la sesión del Pleno han intervenido representantes de organizaciones sociales y nueve legisladores, quienes han coincidido en la necesidad de contar con una regulación para estas técnicas, aunque plantearon observaciones relacionadas con el acceso a los tratamientos en el sistema público de salud, el financiamiento, la protección de datos genéticos y otros aspectos que serán considerados dentro del proceso legislativo.
 
El presidente encargado de la Asamblea Nacional, Esteban Torres, ha considerado necesario ampliar el debate, por lo que ha dispuesto su suspensión para una próxima sesión.
 
El presidente de la Comisión del Derecho a la Salud y Deporte, Juan José Reyes, ha explicado que la propuesta da cumplimiento al mandato de la Corte Constitucional, emitido a partir de la sentencia No. 184-18-SEP-CC (caso Satya), que ordenó al Estado expedir una normativa para regular la reproducción humana asistida, proteger los derechos de las familias y brindar seguridad jurídica, sin generar nuevas cargas para el Estado.
 
Además, ha señalado que el informe para segundo debate recoge el trabajo técnico desarrollado por la comisión, que unificó tres iniciativas legislativas y llevó a cabo 17 sesiones de trabajo, 35 comparecencias de especialistas, instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil, además de un foro académico con expertos nacionales e internacionales. 
 
La normativa reconoce el acceso a las técnicas de reproducción humana asistida para personas adultas que otorguen su consentimiento informado y autoriza procedimientos como la inseminación artificial, la fecundación in vitro y la fecundación in vitro con microinyección espermática (ICSI), además de la crioconservación y el diagnóstico genético.
 
Asimismo, prohíbe la gestación por sustitución, la reproducción post mortem, la clonación con fines reproductivos y la comercialización de gametos y embriones. Además, garantiza que la donación sea exclusivamente voluntaria, gratuita y confidencial.



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