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Gestión

NORMATIVA VIGENTE
¿Cuáles son las principales infracciones de los establecimientos de Salud?
ACESS insiste en que los profesionales de la salud estén debidamente registrados
Martes, 09 de abril de 2024, a las 09:52

Paola Aguirre, directora ejecutiva de la ACESS.


Cristina Coello. Quito
La directora ejecutiva de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y medicina prepagada (ACESS), Paola Aguirre, ha destacado la importancia de cumplir con la normativa vigente en Ecuador que establece la obligatoriedad de obtener un permiso de funcionamiento para los establecimientos de salud.
 
En entrevista con EDICIÓN MÉDICA, Aguirre ha señalado que la Ley Orgánica de Salud, en su artículo 130, establece claramente que todos los establecimientos sujetos a control sanitario deben contar con el permiso otorgado por la autoridad sanitaria nacional.
 
Asimismo, haciendo referencia al acuerdo ministerial 032, la directora resaltó que todos los establecimientos y servicios de salud deben poseer obligatoriamente el respectivo permiso de funcionamiento para poder operar legalmente.
 
En relación con el acuerdo ministerial 030, que aborda las tipologías de los establecimientos de salud, Aguirre ha explicado que, dependiendo de la cartera de servicios ofrecidos, se establecen requisitos específicos para la habilitación de estos. Por ejemplo, un consultorio médico puede clasificarse dentro del primer nivel de atención, siendo este de tipología consultorio general y tiene requisitos distintos a las de otras tipologías. Los centros de especialidades son catalogados como de segundo nivel, ha añadido la funcionaria.
 
No obstante, Aguirre ha sido enfática en señalar que todos los establecimientos de salud que brinden atención médica deben cumplir con las normas legales vigentes, así como obtener el permiso de funcionamiento correspondiente para garantizar la calidad y seguridad de los servicios de salud ofrecidos a la población.
 
Sanciones establecidas por la Ley
 
Aguirre ha detallado las posibles sanciones que enfrentan los establecimientos de salud en caso de no contar con el permiso de funcionamiento requerido y advirtió que eso constituye un incumplimiento grave de la normativa.
 
En el caso de incumplir aspectos de la Ley en infraestructura, equipamiento y talento humano, no poseer el permiso de funcionamiento, no cumplir con las normas de manejo interno de gestión de desechos que afectan la salud humana o emplear profesionales no registrados, se inicia un proceso sancionatorio administrativo que puede acarrear la clausura del establecimiento y por supuesto, multas.
 
También ha dejado claro que existen infracciones relacionadas con la Ley Orgánica de Prevención Integral Fenómeno Socioeconómico Drogas, como es el incumplimiento de reporte mensual de suministro de medicamentos sujetos a fiscalización, especialmente en establecimientos que disponen de una farmacia.
 
Las sanciones pueden variar dependiendo del tipo de infracción. En el caso de los permisos de funcionamiento, la sanción administrativa es de carácter monetario, mientras que para el mal manejo de desechos se contempla además la posibilidad de clausura temporal o definitiva, de acuerdo al artículo 242 de la Ley Orgánica de Salud.
 
En situaciones de reincidencia en las infracciones, las sanciones monetarias pueden duplicarse y la clausura por gestión de desechos puede extenderse por un período mayor, según lo determine el comisario de salud tras un proceso administrativo sancionatorio que determinará culpabilidad.
 
La funcionaria ha aclarado que la clausura definitiva de un establecimiento de salud se reserva para casos específicos, por ejemplo, de mala gestión de desechos repetitiva que cause daño a la salud, tras un proceso judicial que determinará la culpabilidad. La ley establece que un profesional o el establecimiento de salud será inocente hasta que se demuestre lo contrario.
 
“La agencia verifica que el establecimiento de salud cuente con los estándares de calidad. Cuando hay inobservancia, impericia, imprudencia, o negligencia, la ACESS realiza un análisis de caso de la situación del paciente, elabora un informe, el mismo que se pone en conocimiento de las áreas pertinentes internas, sin embargo, cuando se determina que podría existir un delito se remite a la Fiscalía para el análisis pertinente”, ha recalcado Aguirre.

En el caso de la Ley de Medicina Prepagada, no hay resolución de estos años que haya causado estado en vía administrativa. Fuente ACESS.


Requisitos y duración de permisos
 
Aguirre explicó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Salud, los permisos de funcionamiento tienen una duración de 1 año calendario a partir de su emisión.
 
En el caso de establecimientos de tercer nivel, como los centros de diálisis y los CETAD (Centros Especializados en Tratamiento a Personas con Consumo Problemático de Alcohol y otras Drogas), requieren además de un licenciamiento, el cual tiene una duración de 4 años. Pero anualmente estos establecimientos realizan una autoevaluación y renuevan su permiso de funcionamiento.
 
Los requisitos para obtener un permiso de funcionamiento se aplican también a los establecimientos con licenciamiento. Es decir que deberán presentar un Registro Único de Contribuyente (RUC), un unicódigo generado en la plataforma del Sistema de Registro Único de Establecimientos de Salud (RUES) emitido por la autoridad sanitaria nacional, registros de profesionales de la salud, una solicitud en el sistema informático de la ACESS, la presentación de la cartera de servicios y la designación de un responsable técnico.
 
Una vez presentada la solicitud, la agencia verifica la documentación y luego realiza una inspección al establecimiento de salud en caso de ser necesario. En el caso del licenciamiento, el usuario realiza una autoevaluación en la primera fase y la agencia verifica esa calificación.
 
Los tiempos de entrega de los permisos dependen del flujo de solicitudes. Las oficinas técnicas en las 24 provincias atienden las solicitudes conforme van llegando al sistema. Tras una inspección y verificación de cumplimiento, se emite el permiso de funcionamiento.
 
Aguirre ha explicado que, en caso de no cumplir con los estándares en la primera inspección, el usuario tiene 30 días para corregir las observaciones en una reinspección.
 
Las tasas para obtener el permiso de funcionamiento varían según el tipo de establecimiento y deben pagarse anualmente al renovar el permiso.
 
Infracciones comunes en el sistema
 
Según Aguirre, las principales infracciones de los establecimientos de salud identificadas por la ACESS han sido: funcionamiento sin permiso vigente, la mala gestión de desechos y el incumplimiento en el reporte de medicamentos sujetos a fiscalización.
 
“Se ha sancionado a un número significativo de establecimientos por no contar con el permiso vigente para su funcionamiento”, ha advertido.
 
En cuanto al reporte de medicamentos sujetos a fiscalización, muchos establecimientos han incurrido en infracciones al no realizarlo dentro del tiempo establecido en la normativa o realizarlo erróneamente . Este reporte debe ser realizado por el químico a cargo de la farmacia.
 
En ese sentido, la directora ejecutiva ha dejado claro que éstas sanciones recaen en el establecimiento de salud y no en el profesional de la salud, ya que es responsabilidad del establecimiento cumplir con esta normativa.
 
Vigilancia y fortalecimiento del sistema
 
La vigilancia y los controles realizados por la agencia “fortalecen el sistema de salud al garantizar que los establecimientos cumplan con los estándares de calidad y garanticen la seguridad de los pacientes” ha asegurado Aguirre.
 
“Esta labor busca prevenir malas prácticas médicas y asegurar que los pacientes reciban la atención adecuada por profesionales debidamente registrados”, ha añadido.
 
Por ello, la agencia ha promovido una campaña de concienciación y conocimiento que busca informar a la población sobre sus derechos y la importancia de la seguridad del paciente, en la cual ellos cumplen un papel trascendental al ser los actores de las denuncias. Y en ese sentido ha adelantado que gracias a ello se están identificando establecimientos de salud clandestinos que operan al margen de la ley.
 
Como parte de esta campaña, se implementó la encuesta de calidad de los establecimientos de segundo y tercer nivel. La funcionaria ha informado que ya se han realizado más de 4000 encuestas hasta el momento.





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