Presidente Daniel Noboa modifica la norma de contratación para agilizar la compra de medicamentos
La reforma permite que los procesos de compra puedan repetirse tantas veces sean necesarias
La emergencia en la compra se extendió 30 días.
|
Redacción. Quito
En un tercer intento por superar la crisis sanitaria, el presidente
Daniel Noboa, ha firmado el
decreto ejecutivo 243 mediante el cual ha modificado el artículo 125 del
Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, con el que busca agilizar la compra de
medicamentos e insumos médicos.
La reforma añade un inciso con el cual se permite que los
procesos de compra de medicamentos puedan ser convocados las veces que sean necesarias (cuando una adjudicación sea fallida) siempre y cuando la institución pública que lo requiera justifique técnica y detalladamente la necesidad de la contratación.
Según el decreto, el procedimiento continuará hasta que se firme un
convenio marco de una subasta inversa corporativa exitosa y el medicamento se incorpore al repertorio virtual. El resto del reglamento seguirá vigente de la misma forma.
Cabe recordar que, para enfrentar la crisis, primero se declaró la emergencia en la compra de medicinas y se creó el
Comité Nacional de Salud Pública (Consap).
Luego, a inicios de diciembre, el
Ministerio de Salud Pública (MSP) y el
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ampliaron por 30 días más el plazo de ejecución de esa emergencia.
No obstante, la emergencia no ha logrado abastecer aún los hospitales públicos y según información del
Servicio de Compras Públicas (Sercop), el MSP llegó adquirir el 35 por ciento de los requerimientos, mientras el IESS solo alcanzó el 15 por ciento.
El dato
Este cambio entrará en vigor desde su publicación en el
Registro Oficial.