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Gestión

SUSTANCIA QUÍMICA
Juez declara improcedente una acción de protección contra el MSP y ARCSA
La autoridad reporta 28 casos de intoxicación y dos fallecimientos
Jueves, 15 de octubre de 2020, a las 10:13

La autoridad ha realizado aproximadamente a 1.620 controles.


Redacción. Quito
Un juez ha rechazado una acción de protección presentada por grupos ciudadanos en contra del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) en la que solicitaban autorización para el uso del dióxido de cloro como parte del tratamiento para la CoVID19.
 
Durante el proceso judicial, el MSP ha explicado que la acción ciudadana no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
 
En un comunicado oficial, la autoridad sanitaria ha reiterado que es constante la actualización de información y alertas respecto al consumo de dióxido de cloro. En ese sentido s, ya se registran 28 casos de intoxicación y dos fallecimientos.
 
El MSP ha insistido que la sustancia química no cuenta con estudios científicos que avalen la efectividad de su uso en el tratamiento de la CoVID19 y que al contrario causa reacciones adversas que perjudican la salud de los ciudadanos.
 
Asimismo, ha recalcado las posibles acciones y sanciones que puedan tener los profesionales de la salud que prescriban o recomienden a sus pacientes el uso de dicha sustancia, que tampoco cuenta con registro sanitario.
 
Desde junio a la fecha, la ARCSA ha realizado controles en aproximadamente 1.620 establecimientos a escala nacional, entre ellos, farmacias, distribuidoras farmacéuticas, comercializadoras de productos higiénicos y locales de venta de productos naturales de uso medicinal, donde se decomisaron alrededor de 315 productos de dióxido de cloro.
 
La agencia tampoco ha recibido solicitudes de aprobación de productos relacionados con el dióxido de cloro como posible tratamiento para la CoVID19. Mientras que, a escala mundial, ninguna Agencia de Regulación Sanitaria avala el consumo humano de productos de esta sustancia.
 
El MSP también ha reiterado la recomendación de no consumir ni distribuir productos que contengan dióxido de cloro, ni adquirir medicamentos o dispositivos médicos a través de redes sociales o plataformas de comercio virtual, que no son espacios autorizados para su expendio.
 
El MSP, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 32 de la Constitución, garantiza el cuidado y la salud de los ciudadanos para que no sean engañados con ofrecimientos y publicidad engañosa ante el uso de dióxido de cloro.




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